11 mayo, 2026

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El gobierno reglamentó el RIFL para fomentar la creación de empleo genuino

El organismo recaudador nacional estableció las pautas técnicas para que las empresas accedan a la reducción de aportes patronales. La medida busca dinamizar el mercado de trabajo y reducir la informalidad.

A través de la Resolución General 5844/2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero formalizó los mecanismos para implementar el sistema de incentivos para el empleo registrado. Esta normativa complementa la reciente reforma laboral, permitiendo que las firmas del sector privado obtengan descuentos significativos en las contribuciones de seguridad social por cada nueva incorporación.

El esquema propone una alícuota unificada del 5% para los aportes destinados a jubilación y asignaciones familiares. Este beneficio se extenderá por un plazo máximo de cuatro años, siempre que el vínculo laboral se inicie entre mayo de este año y finales de abril del próximo ciclo.

La regulación alcanza a trabajadores que no estuvieran registrados al cierre de 2025 o que se encuentren desempleados recientemente. También se incluye a quienes provengan del sector público o del régimen de monotributo, ampliando así las posibilidades de reinserción en la actividad privada bajo condiciones de formalidad.

Las empresas interesadas deberán realizar la carga de datos mediante el portal oficial de Simplificación Registral utilizando códigos específicos. Es indispensable contar con las versiones actualizadas de los sistemas de declaración en línea para que el beneficio se aplique de manera automática en las liquidaciones mensuales.

Para los nuevos empleadores que iniciaron su actividad recientemente, existe un cupo máximo de aplicación que llega al 80% de su plantilla. Esta restricción busca equilibrar la asistencia estatal con la sostenibilidad del sistema previsional, fomentando un crecimiento ordenado de las estructuras laborales en las pymes.

El organismo advirtió que no podrán participar aquellas compañías que presenten sanciones vigentes en el registro de infractores laborales. Asimismo, queda estrictamente prohibida la reincorporación de personal despedido en el último año, evitando maniobras que solo busquen el ahorro impositivo sin generar nuevos puestos de trabajo.

Cualquier uso indebido de este régimen, como el reemplazo injustificado de trabajadores estables, anulará inmediatamente los descuentos otorgados por el Estado. En tales casos, los empleadores responsables deberán abonar las diferencias adeudadas, sumando los intereses y las multas que correspondan por el incumplimiento detectado.

La vigencia de estas disposiciones rige desde su reciente publicación oficial, permitiendo que las declaraciones juradas de mayo ya incluyan estas facilidades. La iniciativa representa un intento por modernizar las relaciones de trabajo y aliviar la carga impositiva sobre la producción nacional.