El tribunal local dictaminó dos décadas de encierro tras la convalidación del veredicto ciudadano de culpabilidad emitido en el debate oral. Los integrantes de la magistratura penal desestimaron de forma unánime los atenuantes requeridos por los asesores legales.
La recolección de testimonios periciales fundamentó los ultrajes perpetrados contra tres mujeres pertenecientes al entorno social más íntimo del acusado. Las denuncias de las damnificadas permitieron reconstrucir un patrón de violencia sistemática extendido a lo largo de un período cronológico de seis años continuos.
La mecánica delictiva se valía de los lazos familiares para perpetrar los ultrajes sin despertar las sospechas vecinales en los domicilios particulares del imputado. Los representantes del ministerio público fiscal ponderaron la resistencia unívoca explicitada por las víctimas afectadas durante las agresiones y la consecuente degradación moral que implicó el sometimiento forzado ejercido de forma clandestina.
El tribunal técnico determinó que las conductas juzgadas configuraron abusos agravados con acceso carnal y tentativas del mismo delito. Los peritos del departamento judicial marplatense ratificaron el severo daño psicológico padecido por las exparejas sentimentales y por la cónyuge del conocido cercano, fundamentando la proporcionalidad de la resolución condenatoria que fue rubricada hoy.
Los letrados particulares manifestaron su conformidad con la sentencia, superando holgadamente los parámetros mínimos previstos en la legislación argentina. Los asesores de la defensa adelantaron que recurrirán la resolución ante el tribunal de casación bonaerense próximamente.

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